Acceso a la Información Pública
Título Segundo de la Información Pública
CAPITULO PRIMERO
DE LA INFORMACIÓN BÁSICA QUE DEBE SER DIFUNDIDA
DE OFICIO POR LOS SUJETOS OBLIGADOS
ARTICULO 14.- Sin perjuicio de la información que conforme a este ordenamiento debe ser de acceso restringido, los sujetos obligados oficiales, en cuanto corresponda a sus atribuciones, deberán mantener actualizada y poner a disposición del público, ya sea en forma impresa, en sus respectivos sitios en Internet, por cualquier otro medio remoto o local de comunicación electrónica o, a falta de éstos, por cualquier medio de fácil acceso para el público, la información siguiente:
- I.- Marco Normativo y Reglamentario
- II.- Estructura Orgánica y Manuales de Procedimientos
- III.- Atribuciones de Cada Unidad Administrativa
- IV.- Directorio de servidores públicos
- V.- Remuneración mensual integral por puestos, incluyendo estímulos y compensaciones
- VI.- De los Servicios a su Cargo
- VII.- Descripción de las Reglas de Procedimientos para Obtener Información
- VIII.- Metas y objetivos de las unidades administrativas
- IX.- Presupuesto Asignado y los Avances en su Ejecución
- X.- Resultado de las auditorias al ejercicio presupuestario
- XI.- Diseño, Ejecución, Montos Asignados y Criterios de Acceso a Programas de Subsidio y el Padron de Beneficiarios
- XII.- Balances Generales y Estados Financieros
- XIII.- Los informes presentados por los partidos políticos conforme al Código Estatal Electoral ante el Consejo Estatal Electoral quien deberá hacerlos públicos en los términos de este artículo tan pronto como sean recibidos
- XIV.- Juicios de Amparo, Controversias Contitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad
- XV.- Cuentas Públicas Municipales
- XVI.- Iniciativa de Leyes y Reglamentos
- XVII.- Las Opiniones, Consideraciones, Datos y Fundamentos Legales Referidos en los Expedientes Administrativos Relativos al Otorgamiento de Permisos, Concesiones o Licencias que les Corresponda Autorizar
- XVIII.- Contrataciones celebradas, detalle por contrato
- XIX.- Informes que por disposición legal genere la entidad
- XX.- De los Mecanismos de Participación Ciudadana que en su Caso se Hayan Implementado
- XXI.- Listado de Proveedores
- XXII.- Los Dictámenes de Comisiones y las Actas de Sesiones
- XXIII.- Cualquier otra Información que sea de Utilidad o se Considere Relevante
- Artículo 17. Además de la Información Referida en la Fracción XVIII, del Artículo 14
- Indicadores de Gestión

