Emite CEDH Recomendación a FGJE


martes 15 febrero 2022.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió la Recomendación 03/2022 a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora, por dilación e incumplimiento de un deber legal por parte del Agente del Ministerio Público del Sector I de Guaymas, Sonora.

El mes de octubre del 2021, el quejoso denunció ante la Oficina Regional que en abril del 2019 sufrió un percance automovilístico con lesiones daños a su motocicleta, los cuales hasta el día de hoy no han sido reparados por parte de la persona responsable a falta del actuar de la autoridad competente.

De tales hechos, el ciudadano presentó una querella ante el titular de la Agencia Ministerial antes señalada para que dichos daños les sean reparados; sin embargo, solicitó la intervención de este organismo ya que considera que la autoridad no ha cumplido con su deber de avanzar en la Carpeta de Investigación, al tiempo de recibir un mal trato por los servidores públicos de la citada agencia investigadora.

Lo anterior quedó probado con las mismas constancias remitidas por la autoridad responsable, de las cuales se desprende que desde el día ocho de agosto del dos mil diecinueve, al dieciocho de octubre del 2021, esto es durante dos años, dos meses y diez días, la autoridad investigadora no realizó ninguna actividad indagatoria, violando el artículo 212 del Código Nacional de Procedimientos Penales que ordena la realización de las investigaciones sin interrupciones ni suspensiones, salvo en los casos autorizados en la misma.

Así mismo, se ha violado la Fracción III del Artículo 63 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado que prevé las obligaciones del personal y en lo conducente refiere la obligación de “Practicar las actuaciones y emitir las determinaciones que resulten necesarias para la debida integración y conclusión de una investigación en un plazo razonable, en los casos en que la ley no establezca un término para la realización de determinados actos”.

En el presente asunto, se estima demostrado que los servidores públicos encargados de la investigación, han violentado en perjuicio del quejoso, las disposiciones antes invocadas toda vez que no han desahogado diligencias que permitan el esclarecimiento de los hechos, lo que impide que pueda concluirse con la integración de la indagatoria, provocando con ello una evidente dilación en la procuración de justicia.

La conducta desplegada por el Agente del Ministerio Público implica la inobservancia al Artículo 7º de la Ley Estatal de Responsabilidades para el Estado de Sonora que establece en su Título Primero, Capítulo II, relativo a los Principios y Directrices que rigen la Actuación de los Servidores Públicos: “Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público”.

Derivado de lo anterior, esta CEDH recomienda a la titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora gire instrucción directa al Agente del Ministerio Público del Fuero Común de la Unidad de Investigación en Guaymas para que continúe con la debida integración y perfeccionamiento de la Carpeta de Investigación.

Además, colabore con esta Comisión en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante la Visitaduría General de la Fiscalía General de Justicia del Estado por las irregularidades que quedaron acreditadas en la presente recomendación.

Se recomienda también diseñar e impartir un curso integral al personal ministerial sobre capacitación y formación de Derechos Humanos, a fin de prevenir hechos similares, mismo que deberán impartirse por personal calificado y con suficientes experiencia; así mismo, los manuales y contenido de los cursos deberán de estar disponibles de forma electrónica y en línea para que puedan ser consultados con facilidad, debiendo remitir a esta Comisión Estatal las constancias que acrediten su cumplimiento.

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